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año:2004
 
institución:MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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1 8 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 16193 15 de diciembre, 2004 DAGJ-3433-2004 Señora Marcela Guzmán Calderón Scretaria del Concejo Muncipal MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA Estimada señora: Asunto: Consulta sobre la aplicabilidad del artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica. Nos referimos a su oficio número CM-1009-2004 de fecha 10 de noviembre de 2004, presentado ante esta Contraloría General el mismo día. En dicho oficio, solicita el criterio de esta División de Asesoría y Gestión Jurídica respecto de lo siguiente: ¿Cómo afecta la Ley No. 8422 a los regidores propietarios Aquiles Barrantes Solís, y William Venegas Araya, quienes se desempeñan labores en el sector público, y a la alcaldesa Elvia Villalobos Arguello que forma parte de la Junta Directiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales? Agrega que en el caso específico del regidor Barrientos Solís ¿cómo procede el pago de la prohibición por parte de la Refinadora Costarricense de Petróleo y a la alcaldesa el pago de la prohibición estipulada en la misma Ley? I. NUESTRO CRITERIO: Con el fin de llegar a una adecuada conclusión acerca de los asuntos planteados, conviene hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422, así como sobre el ámbito de aplicación de dicha norma legal. El artículo 2 de dicho cuerpo normativo, define en términos generales, el ámbito de aplicación subjetiva, disponiendo que para los efectos de esa Ley, se considera como servidor público toda persona que preste sus servicios en los órganos y entes de la Administración Pública, estatal y no estatal, a nombre y por cuenta de ésta, y como parte de su organización, en virtud de un acto de investidura y con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o público de la actividad respectiva. A tales efectos, se aclara también que los términ ...
Fecha publicación: 19/12/2004
Fecha emisión: 16/12/2004
Documento: 16193-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos


1 13 R-DAGJ-728-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las doce horas del veintitrés de noviembre de dos mil cuatro.--------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por la sociedad anónima Rose & Bliss Sociedad Anónima en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública No.01/2004, promovida por la Municipalidad de San Isidro de Heredia, para la contratación de servicios de tratamiento y disposición final de los deshechos sólidos, ordinarios, residenciales, comerciales e institucionales del Cantón de San Isidro de Heredia, acto recaído a favor de la empresa WPP Continental de Costa Rica Sociedad Anónima., por un monto de ¢6,300.00 por unidad de tonelada métrica.----------------- RESULTANDO I. Rose & Bliss Sociedad Anónima alegó en su recurso que la oferta de la adjudicataria debió de ser excluida, toda vez que se le adjudican requisitos con los que no cumplió; además de vicios de forma como que está dirigida a otra municipalidad, que el expediente no se folió en forma consecutiva desde el principio. Además alega a su favor, que al separarse su oferta por falta de cumplimientos técnicos no se le ponderó el precio, que era el más bajo. En relación con estos incumplimientos técnicos, la firma apelante sostiene que eran básicamente los requisitos solicitados en el artículo 19 y que si bien reconoce que no los presentó, también se alega que eran “documentos complementarios”, y que se le pudo haber pedido que los subsanara. ------------------------------------II. Esta División confirió audiencia inicial a la Administración y a la empresa adjudicataria, mediante auto de las ocho horas del veintisiete de septiembre del 2004,con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a las alegaciones de la apelante y para que ofreciera las pruebas que considerara oportunas.-------------------------------------------------------- III La Administración licitante y ...
Fecha publicación: 26/11/2004
Fecha emisión: 23/11/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 R-DAGJ-400-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del dieciséis de julio de dos mil cuatro. --------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Santiago Jiménez Chacón, en su condición personal, en contra del cartel de la Licitación Pública N°. 01-2004, promovida por la Municipalidad de San Isidro de Heredia para la contratación de servicios para el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos ordinarios, residenciales, comerciales e institucionales del cantón de San Isidro de Heredia. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: Santiago Jiménez Chacón, en su condición personal, mediante escrito recibido el seis de julio de dos mil cuatro, planteó recurso de objeción en contra del cartel del referido concurso (ver escrito agregado en el expediente de objeción). ---------------------------------------------- II.- POR CUANTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, en contra del cartel de la licitación pública o de la licitación por registro, podrá interponerse recurso de objeción al Cartel ante esta Contraloría General, dentro del primer tercio del plazo abierto para la presentación de ofertas. Conforme al artículo 48 del Reglamento General de Contratación Administrativa, para computar dicho plazo no se toma en cuenta el día de publicación del aviso pero sí el del vencimiento. En el caso bajo examen, debemos tener presente la oportunidad para reclamar contra las cláusulas cartelarias impugnadas, se presentó dentro del primer tercio del plazo que cuenta entre el día siguiente de la publicación de la invitación a participar en el concurso (30 de junio de 2004) y el día para la recepción de ofertas (19 de julio de 2004), en donde el número de días hábiles existentes es de catorce días, siendo el te ...
Fecha publicación: 19/07/2004
Fecha emisión: 16/07/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL